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Ley Macron y autónomos

Desde que entró en vigor la Ley Macron, es obligatorio que las empresas de transporte cumplan una serie de obligaciones: adecuar el salario mínimo francés, designar un representante legal en territorio galo y rellenar un certificado de desplazamiento. No obstante, a los autónomos les afecta de diferente manera.
El estatuto de los autónomos no se ve afectado por la Ley Macron, por lo que el trabajador no debe proporcionar nuevas pruebas sobre su situación más allá de las requeridas anteriormente a la nueva normativa. Es decir, los autónomos que por su trabajo tengan que desplazarse hasta Francia, o realizar parte de sus actividades en territorio francés, deberán acreditar su condición y régimen de trabajador por cuenta propia a bordo del vehículo con los documentos habituales (documento de alta, el certificado censal o una factura a su nombre).
En caso de que no lleven consigo dicha documentación acreditativa, las autoridades francesas pueden expedir sanciones económicas que comienzan en los 450€.
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Además, es importante saber que los autónomos que tengan previsto desplazarse a Francia para trabajar de manera temporal, no será preciso que cuenten con un reconocimiento de la cualificación internacional en la mayoría de casos, aunque si con una declaración escrita. En el caso de que el autónomo tenga previsto pasar un periodo más largo, superior a dos años, realizando su actividad profesional en Francia, es importante realizar una regulación con la administración francesa.

En cualquier caso, la Ley Macron no afectaría a los autónomos de ningún tipo, ya sean dados de alta en España o a los propios autónomos franceses.

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